Exportación de 10 productos es limitada por al menos 30 normas

La soya y sus derivados, además de los productos y subproductos de la caña de azúcar, fueron los artículos que más obstáculos sortearon desde 2007.

La exportación de 10 pro­duc­tos  agropecuar­ios y sus deriva­dos es  lim­i­ta­da  por al menos una trein­te­na de decre­tos supre­mos aproba­dos y pro­mul­ga­dos des­de 2007, según un análi­sis que llevó a cabo el Insti­tu­to Boli­viano de Com­er­cio Exte­ri­or (IBCE).

La exportación de  tri­go,  maíz, gana­do bovi­no, por­ci­no y  pol­lo (y sus deriva­dos), el aceite, la tor­ta y el gra­no de soya y gira­sol, el sor­go, el arroz y el azú­car, entre otros, fue sus­pendi­da o lim­i­ta­da en difer­entes peri­o­dos.

En la may­oría de los casos, las exporta­ciones de los pro­duc­tos se man­tu­vieron lim­i­tadas por peri­o­dos cor­tos de tiem­po, como es el caso de maíz, el tri­go y las carnes de res, pol­lo y cer­do, cuya ven­ta exter­na después fue autor­iza­da de man­era irrestric­ta.

Sin embar­go, tan­to el gra­no de soya como el azú­car estu­vieron suje­tos a restric­ciones más duraderas y tam­bién muy estric­tas.

En el caso de la soya, la pro­hibi­ción y reg­u­lación de la exportación del gra­no de la oleagi­nosa se pre­sen­tó por primera vez con el Decre­to Supre­mo 725, del 6 de diciem­bre de 2010, el cual reg­u­la la exportación y la condi­ciona a la pre­sentación de cer­ti­fi­ca­dos de sufi­cien­cia y abastec­imien­to del mer­ca­do inter­no.

En los sigu­ientes años, la exportación del gra­no se vio lim­i­ta­da a cupos de entre 200 mil toneladas has­ta  400 mil  toneladas, siem­pre condi­ciona­da a la pre­sentación de los cer­ti­fi­ca­dos de sufi­cien­cia y abastec­imien­to.

A fines del mes pasa­do, los pro­duc­tores soyeros denun­cia­ron que su sec­tor había sufri­do una reduc­ción de ingre­sos de al menos 300 mil­lones de dólares en la cam­paña de ver­a­no 2018–2019, debido a la sequía y a los bajos pre­cios ofre­ci­dos por las agroin­dus­trias locales.

Los pro­duc­tores exigieron al Gob­ier­no la lib­eración irrestric­ta de la exportación del gra­no de soya, para equi­li­brar los pre­cios den­tro del mer­ca­do local.

La respues­ta del Gob­ier­no fue lib­er­ar, medi­ante otro decre­to, la exportación del 60% de la pro­duc­ción del gra­no, aunque con la condi­ción de pre­sen­tar cer­ti­fi­ca­dos de abastec­imien­to local.

En el caso de la restric­ción de la exportación del azú­car, fue estable­ci­da por el Decre­to Supre­mo 348, del 28 de octubre de 2009. La nor­ma dispone la reg­u­lación de la exportación de azú­car de caña (chan­ca­ca, en bru­to y refi­na­da), pre­via ver­i­fi­cación de sufi­cien­cia de abastec­imien­to en el mer­ca­do inter­no “a pre­cio jus­to”, según el Gob­ier­no.

Sin embar­go, en febrero de 2010, a través del Decre­to Supre­mo 434, la exportación del azú­car y sus deriva­dos ter­minó por ser sus­pendi­da por com­ple­to, y se instruyó a la Policía, Fuerzas Armadas y Adu­a­na Nacional que decomisen el pro­duc­to.

La pro­hibi­ción total de la exportación sólo duró unas sem­anas, ya que el 31 de mar­zo del mis­mo año, a través del Decre­to Supre­mo 464, el Gob­ier­no lev­an­tó la sus­pen­sión de las ven­tas del azú­car al mer­ca­do exte­ri­or, y en su lugar, estable­ció los cupos y cer­ti­fi­ca­dos de sufi­cien­cia y de abastec­imien­to al mer­ca­do inter­no, como hizo con la soya.

En los sigu­ientes años se apro­baron al menos tres nor­mas más con el obje­to de reg­u­lar las ven­tas exter­nas del azú­car, sus­pen­di­en­do las exporta­ciones o imponien­do cupos a las mis­mas.

En 2012 se aprobó la Ley 307 del Com­ple­jo Pro­duc­ti­vo de la Caña de Azú­car, que establece nuevos mecan­is­mos de con­trol de las exporta­ciones del pro­duc­to agropecuario. Esta ley, a su vez, es reglamen­ta­da por otros dos decre­tos supre­mos.

De acuer­do con estas nor­mas, “antes de ini­ciar la zafra, el Min­is­te­rio de Desar­rol­lo Pro­duc­ti­vo y Economía Plur­al cuan­tifi­cará el vol­u­men de pro­duc­ción nece­sario para el abastec­imien­to inter­no y el inven­tario de seguri­dad oblig­a­to­rio, y esti­mará si existe sal­do exportable”.

Las nor­mas, además, oblig­an al sec­tor agrí­co­la cañero y agroin­dus­tri­al cañero a repor­tar de man­era oblig­a­to­ria y cada 15 días la pro­duc­ción, las ven­tas para el mer­ca­do inter­no y las exporta­ciones.

El año pasa­do, el Gob­ier­no autor­izó la exportación de al menos 4,2 mil­lones de quin­tales de azú­car a mer­ca­dos como Colom­bia y Esta­dos Unidos.

Mayores  exportaciones agropecuarias

  • Cifras De acuer­do con el boletín Cifras del Com­er­cio Exte­ri­or 2018, del Insti­tu­to Boli­viano de Com­er­cio Exte­ri­or (IBCE), el año pasa­do, las may­ores exporta­ciones agropecuar­ias del país fueron: tor­ta de soya (528,9 mil­lones de dólares),  aceite de refi­na­do de soya (39,8 mil­lones de dólares), aceite crudo de soya (213,8 mil­lones de dólares), almen­dras amazóni­cas (218,4 mil­lones de dólares), quin­ua (80,7 mil­lones de dólares), alco­hol de caña (59,9 mil­lones de dólares), bananas (33 mil­lones de dólares) y chía (27,9 mil­lones de dólares).
  • Des­ti­no El may­or por­centa­je de los pro­duc­tos agropecuar­ios y deriva­dos expor­ta­dos se envió a los país­es de la Comu­nidad And­i­na de Naciones (CAN) y al Mer­co­sur. El resto de las exporta­ciones se des­tinó a mer­ca­dos de Norteaméri­ca y Europa, según IBCE.

Fuente: Pági­na Siete.