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Sábado, 15 de agosto de 2026
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Argentina

Distribuyen cupo adicional de exportación a Estados Unidos

Argentina resultó beneficiaria con un cupo de 12.682 toneladas adicionales que, una vez deducido el margen de polarización, comprende la cantidad de 12.111,31 toneladas.

Equipo de Redacción

2 min de lectura

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La Secretaría de Agricultura oficializó la distribución de un cupo adicional de 12.111,31 toneladas de azúcar crudo con polarización no menor de 96 grados con destino a Estados Unidos, que se suman a las 44.178,3 toneladas ya asignadas para el período entre el 1° de octubre de 2022 y el 30 de septiembre de 2023.

La medida se dispuso a través de la resolución 134/2023, publicada este lunes en el Boletín Oficial, en cuyo anexo se fija el cupo asignado a cada una de las catorce empresas beneficiarias de la ampliación del cupo.

La lista es encabezada por Ledesma, con 4.281,63 toneladas, seguida por Complejo Azucarero Concepción (2.565,41), Compañía Inversora Industrial (1.448,24), Prosal (1.299,99), Arcor (856,91) y Salta Refrescos (519,45).

La nómina se completa con Seaboard Energías Renovables y Alimentos (369,07 toneladas), Delotte (193,30), Ferma Agrobusiness (145,87), Complejo Alimenticio San Salvador (81,92), José Minetti (67,29), Ingenio Río Grande (32,59) y Azucarera San Gerónimo (8,63).

Estados Unidos había fijado una cuota para la importación de azúcar crudo de la Argentina de 46.260 toneladas para el período 2022/2023 que, deducido el margen de polarización, comprende la cantidad de 44.178,3 toneladas.

El 14 de marzo, la Oficina del Representante de Comercio Exterior de Estados Unidos oficializó una reasignación del contingente arancelario de importación de azúcar crudo y la Argentina resultó beneficiaria con un cupo de 12.682 toneladas adicionales que, una vez deducido el margen de polarización, comprende la cantidad de 12.111,31 toneladas.

Agricultura precisó que la ampliación es de aceptación opcional y se considerará aceptada por los beneficiarios en caso que no comuniquen su desistimiento en un plazo de 5 días hábiles contados desde la comunicación.

El tonelaje resultante de la ampliación que no fuera aceptado por los beneficiarios será redistribuido entre los demás en partes iguales, precisó la resolución.

Fuente: Revista Chacra.

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