Carta de AFIP — Intiman a los Súper a blanquear empleados

La AFIP ordenó ayer a miles de supermercados que regularicen la situación laboral de sus empleados, comunicación que abarcó a hipermercados, comercios provinciales y locales de origen chino.

Medi­ante una car­ta de inti­mación, la Admin­is­tración Fed­er­al de Ingre­sos Públi­cos (AFIP) ordenó ayer a miles de super­me­r­ca­dos que reg­u­lari­cen la situación lab­o­ral de sus emplea­d­os, comu­ni­cación que abar­có a las cade­nas de hiper­me­r­ca­dos, com­er­cios provin­ciales y locales de ori­gen chi­no.

De acuer­do con la misi­va, a la que tuvo acce­so BAE Nego­cios, la AFIP señala en for­ma con­tun­dente que “para el caso de los super­me­r­ca­dos, según el tamaño de tu local y depósi­to, deberías ten­er reg­istra­do un mín­i­mo de 4 a 7 emplea­d­os, y si estás leyen­do este men­saje, es porque creemos que no todos están reg­istra­dos”.

En esta direc­ción, la enti­dad lid­er­a­da por Lean­dro Cuc­ci­oli establece, en for­ma indi­vid­ual, que “si estás reci­bi­en­do este men­saje es para recor­darte que en la activi­dad de tu super­me­r­ca­do, debes ten­er reg­istra­dos a todos tus emplea­d­os. En la AFIP con­ta­mos con una her­ramien­ta legal de fis­cal­ización, que nos per­mite estable­cer una can­ti­dad mín­i­ma de tra­ba­jadores de acuer­do al espa­cio que ocu­pa tu establec­imien­to”.

Luego, final­iza con una adver­ten­cia. “Aho­ra tenés la opor­tu­nidad de reg­u­larizar tu situación. Si no lo hacés, se te apli­carán mul­tas, clausuras y vas a perder la ven­ta­ja de la reduc­ción de con­tribu­ciones patronales”. Además, plantea que “quedarás expuesto a que te sumem­os a un reg­istro de incumpli­dores que te impedirá acced­er, entre otros ben­efi­cios, al crédi­to de la ban­ca públi­ca, sub­sidios y par­tic­i­par en lic­ita­ciones con el Esta­do”.

La AFIP recuer­da en la car­ta que se debe entrar a la pági­na web (www.afip.gob.ar) con clave fis­cal, y a la sec­ción “Sim­pli­fi­cación Regis­tral — Reg­istro de Altas y Bajas de Rela­ciones Lab­o­rales”. El doc­u­men­to expre­sa que “una vez que cumplas con este trámite, de inmedi­a­to los tra­ba­jadores con­tarán con la cober­tu­ra de salud y acci­dentes lab­o­rales y con el seguro de vida oblig­a­to­rio. El empleo no reg­istra­do es una de las causas que con­tribuye a la fal­ta de inclusión social”.

Fuente: BAE Nego­cios