Las bebidas azucaradas en la reforma tributaria

En 2017, en oportunidad de debatirse la Ley 27.430, se perdió una gran oportunidad, pues se había intentado gravar el azúcar añadida artificialmente a las bebidas analcohólicas.

Diver­sos estu­dios de la OMS indi­can que el sobrepe­so y la obesi­dad son los prin­ci­pales fac­tores de ries­go para una serie de enfer­medades cróni­cas, como dia­betes, enfer­medades car­dio­vas­cu­lares y cáncer. Es pre­ocu­pante el con­sumo de azú­cares libres, prin­ci­pal­mente en bebidas, que tiene como con­se­cuen­cia, una dieta mal­sana, aumen­to de peso y may­or ries­go de con­traer enfer­medades no trans­mis­i­bles.
En este con­tex­to, var­ios país­es acu­d­en a her­ramien­tas fis­cales para desalen­tar el con­sumo de estos pro­duc­tos. Los lla­ma­dos impuestos pigou­vianos (en hon­or al econ­o­mista británi­co Arthur Pigou) tienen como obje­ti­vo cor­re­gir exter­nal­i­dades neg­a­ti­vas que alter­an el bien­es­tar social. Estos trib­u­tos tienen fines recauda­to­rios y parafis­cales, para enfrentar prob­lemáti­cas como la con­t­a­m­i­nación o el con­sumo de pro­duc­tos nocivos para la salud. En nue­stro país se encuen­tran los impuestos selec­tivos al con­sumo que gra­van las bebidas alco­hóli­cas y al taba­co.

En la refor­ma trib­u­taria aproba­da en diciem­bre de 2017 se perdió una gran opor­tu­nidad. Se inten­tó gravar el azú­car aña­di­da arti­fi­cial­mente en las bebidas anal­co­hóli­cas, en base a las recomen­da­ciones de la OMS, pero final­mente no fue aproba­do por el Con­gre­so Nacional.

1| Recomen­da­ciones de la OMS

La OMS señala(1) que las enfer­medades no trans­mis­i­bles son la prin­ci­pal causa de mor­tal­i­dad en el mun­do, además, establece que los fac­tores de ries­go mod­i­fi­ca­bles, como la mala ali­mentación y la fal­ta de ejer­ci­cio físi­co, se encuen­tran entre las causas más fre­cuentes de las enfer­medades no trans­mis­i­bles. Numerosos estu­dios con­cluyen que las bebidas azu­caradas pro­mueven el aumen­to de peso en niños y adul­tos y, según la OMS, el sobrepe­so y la obesi­dad son los prin­ci­pales fac­tores de ries­go para una serie de enfer­medades cróni­cas, como dia­betes, enfer­medades car­dio­vas­cu­lares y cáncer.

Los azú­cares libres son:

azú­cares aña­di­dos (refi­na­dos o sin refi­nar) a los ali­men­tos por parte de los fab­ri­cantes, cocineros y con­sum­i­dores,

azú­cares nat­u­rales pre­sentes en las fru­tas, miel, jarabes y zumos de fru­ta.

Con­sid­era tam­bién que pre­ocu­pa cada vez más que la inges­ta de azú­cares libres –sobre todo en for­ma de bebidas azu­caradas – aumente la inges­ta calóri­ca gen­er­al y pue­da reducir la inges­ta de ali­men­tos que con­tienen calorías más ade­cuadas des­de el pun­to de vista nutri­cional.

Las recomen­da­ciones son(2):

Una inges­ta reduci­da de azú­cares libres a lo largo de toda la vida

Tan­to en adul­tos como en niños, reducir la inges­ta de azú­cares libres a menos del 10% de la inges­ta calóri­ca total

Si se reduce aún más la inges­ta de azú­cares libres a menos del 5% de la inges­ta calóri­ca total pro­duciría ben­efi­cios adi­cionales para la salud.

Según el Insti­tu­to de Medición y Eval­u­ación de la Salud(3) , los seis prin­ci­pales fac­tores de ries­go que cau­san mor­tal­i­dad y dis­capaci­dad en Argenti­na son la alta pre­sión arte­r­i­al, ries­gos dietar­ios, tabaquis­mo, altos índices de masa cor­po­ral, glucemia en ayu­nas ele­va­da, alco­holis­mo y dro­gadic­ción.

Otro dato impor­tante para nue­stro país es que según un estu­dio pub­li­ca­do en The Lancet a par­tir de un rel­e­vamien­to real­iza­do por Euromon­i­tor, en 2014 la Argenti­na se encon­tró entre los país­es con may­or con­sumo de bebidas gaseosas per cápi­ta, con un con­sumo anu­al de 131 litros por per­sona, segui­do por Chile (121), Méx­i­co (119) y en cuar­to lugar Esta­dos Unidos.

En este con­tex­to, var­ios país­es han estable­ci­do impuestos a los azú­cares aña­di­dos con el fin de desalen­tar su con­sumo, por ejem­p­lo, Chile, Colom­bia, Méx­i­co, Reino Unido, Por­tu­gal y Fin­lan­dia.

2| El proyec­to de ley

El proyec­to de ley envi­a­do por el Poder Ejec­u­ti­vo al Con­gre­so Nacional en el 2017 sigu­ien­do las recomen­da­ciones de la OMS, establecía un impuesto con una tasa nom­i­nal del 17% (efec­ti­va del 20,48%) aplic­a­ble a aque­l­las bebidas con azú­cares libres arti­fi­cial­mente aña­di­dos durante el pro­ce­so pro­duc­ti­vo, y la elim­i­nación de la imposi­ción a aque­l­las bebidas alcan­zadas por el impuesto y que no ten­gan azú­cares agre­ga­dos en la elab­o­ración. Además, los pro­duc­tos que aprovechen el dul­zor de jugos nat­u­rales en may­ores con­cen­tra­ciones y no con­tengan azú­cares arti­fi­cial­mente aña­di­dos no estarían alcan­za­dos por el impuesto.

Además, disponía de una defini­ción de azú­cares libres fac­ul­tan­do a la ANMAT para estable­cer pre­ci­siones:

“Se enten­derá por azú­cares libres aña­di­dos a los mono­sacári­dos y/o los dis­acári­dos aña­di­dos a los ali­men­tos por los fab­ri­cantes, otros deriva­dos de azú­car y/o endulzantes calóri­cos anál­o­gos que sean uti­liza­dos a los fines de endulzar bebidas. En esta clasi­fi­cación se incluyen el azú­car blan­co, el azú­car moreno, azú­car en bru­to, jarabe de maíz, sóli­dos de jarabe de maíz, jarabe de maíz de alta fruc­tosa y/o sus pro­duc­tos inver­tidos, jarabe de mal­ta, jarabe de arce, edul­co­rante de fruc­tosa, fruc­tosa líqui­da, miel, melaza, dex­trosa anhidra y dex­trosa cristali­na, entre otros edul­co­rantes de alto con­tenido calóri­co. No se con­sid­era azú­car aña­di­do los edul­co­rantes sin aporte calóri­co.”

La prop­ues­ta tuvo mod­i­fi­ca­ciones durante su tratamien­to en la comisión de Pre­supuesto y Hacien­da, ya que se incor­poró como medi­da com­ple­men­taria al impuesto ad val­orem, un impuesto fijo por gramo de azú­car aña­di­da con una base mín­i­ma no imponible.

Final­mente la medi­da no pros­peró, ya que todas las prop­ues­tas, tan­to del proyec­to de ley como las intro­duci­das en comisión fueron descar­tadas en el recin­to de Diputa­dos. En el juego de la democ­ra­cia tuvieron peso aque­l­las provin­cias pro­duc­toras de azú­car.

La con­tracara de estas ini­cia­ti­vas es que puede afec­tar a las provin­cias y sec­tores que con­cen­tran la pro­duc­ción. Un informe(4) del sec­tor elab­o­ra­do por la Sec­re­taría de Políti­ca Económi­ca a Junio de 2018 desta­ca lo sigu­iente:

Tucumán, Jujuy y Salta rep­re­sen­tan el 99,5% de la pro­duc­ción de azú­car del país.

El empleo reg­istra­do en la indus­tria azu­car­era fue en prome­dio de 14,9 mil puestos en el perío­do 2016–2017.

Brasil es el primer pro­duc­tor mundi­al y Argenti­na ocu­pa el puesto 19

El des­ti­no la pro­duc­ción puede ser: ali­men­tos y bebidas, indus­tria quími­ca, far­ma­cia y per­fumería, hidro­car­buros, papel­era y energía.

Históri­ca­mente los país­es pro­te­gieron la pro­duc­ción local de azú­car

Se mod­i­fi­caron las car­ac­terís­ti­cas del con­sumo: may­or deman­da en los país­es emer­gentes y estancamien­to en los desar­rol­la­dos por susti­tu­ción o dietas pobres en endulzantes.

3| El caso de Chile

En Chile(5) se incre­men­ta la tasa del 10% al 18% cuan­do las bebidas anal­co­hóli­cas ten­gan un alto con­tenido de azú­cares, situación que se con­sid­era exis­tente cuan­do ten­gan más de 15 gramos por cada 240 milil­itros. De acuer­do a diver­sos estu­dios este país redu­jo el con­sumo de bebidas azu­caradas en un 20% en el tér­mi­no de 4 años.

4| Con­clu­siones finales

En los últi­mos años es evi­dente, en nue­stro país y en el mun­do, que la población se ori­en­ta hacia hábitos de vida más salud­ables, reg­u­lar las horas de tra­ba­jo, el des­can­so y activi­dades recre­ati­vas, med­i­c­i­na pre­ven­ti­va, el yoga y tam­bién la ali­mentación con­sciente. En este con­tex­to la políti­ca trib­u­taria puede jugar un rol impor­tante para desalen­tar el con­sumo de pro­duc­tos no salud­ables. Además de los “pre­cios cuida­dos o esen­ciales” se requieren políti­cas inte­grales que favorez­can el con­sumo de ali­men­tos salud­ables en gen­er­al. La ini­cia­ti­va leg­isla­ti­va que comen­ta­mos y no pros­peró, es una ref­er­en­cia intere­sante para gener­ar un proyec­to de ley inte­gral que desaliente el con­sumo de ali­men­tos con­trapro­du­centes en gen­er­al, no solo las bebidas azu­caradas arti­fi­cial­mente.

Para avan­zar en esos cam­bios es nece­sario un rol acti­vo del esta­do para pro­te­ger las economías regionales, en espe­cial a los pequeños y medi­anos pro­duc­tores que podrían verse per­ju­di­ca­dos con las medi­das.

Por Igna­cio Her­lax — Con­ta­dor Públi­co

(*) Docente en UBA y UCES.

1) “Inges­ta de azú­cares para adul­tos y niños”, OMS: https://apps.who.int/iris/bitstream/handle/10665/154587/WHO_NMH_NHD_15.2_spa.pdf?sequence=2

2) “Nota infor­ma­ti­va sobre la inges­ta de azú­cares recomen­da­da en la direc­triz de la OMS para adul­tos y niños”, OMS: https://www.who.int/nutrition/publications/guidelines/sugar_intake_information_note_es.pdf.

3) http://www.healthdata.org/argentina

4) “Informes de cade­nas de val­or, Azu­car­era”, Min­is­te­rio de Hacien­da: https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/sspmicro_cadenas_de_valor_azucar.pdf

5) Ser­vi­cios de Impuestos Inter­nos,

pre­gun­tas fre­cuentes: http://www.sii.cl/preguntas_frecuentes/iva/001_030_1250.htm

Fuente: Ámbito.